¿Qué es?

Este servicio permite inscribir en el Registro del Estado Civil aquellas personas que contrajeron matrimonio.

Pueden llevarlo a cabo cualquiera de los dos cónyuges, cualquier persona mayor de 18 años de edad con cédula de identidad que contenga un poder que lo acredite para realizar este trámite.

¿Dónde ir?

En las ventanillas de Registro Civil de las Personas, ubicadas en el Centro Cívico Zumen, Módulo “A”, planta baja, delegaciones distritales IV, V y VII.

Su horario de atención: lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

Requisitos

  • Fotocopia de la cédula de ambos cónyuges.
  • Fotocopia del certificado de nacimiento de ambos cónyuges.
  • Fotocopia de Cédula de la persona que realiza el trámite.
  • El costo del trámite es la tasa que se establezca por las autoridades edilicias (Valor actual: C$ 97)

Requisitos (Acto en el Extranjero)

  • Original del certificado de matrimonio extendido por el Consulado de Nicaragua en el país extranjero, éste deberá ser legalizado por la Dirección General Consular en Nicaragua; o Certificado de Matrimonio extendido por el Registro Civil de las Personas del país de origen, el que deberá estar legalizado o Apostillado.
  • Fotocopia de la cédula o pasaporte de ambos cónyuges.
  • Fotocopia del certificado de nacimiento de ambos cónyuges.
  • Fotocopia de Cédula de la persona que realiza el trámite.
  • El costo del trámite es la tasa que se establezca por las autoridades edilicias (Valor actual: C$ 97)

Importante

Si los documentos a presentar se encuentran en otro idioma, deberá ser traducido al español por medio de Escritura Pública por Notario que tenga más de 10 años de estar incorporado.

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